4. Las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de las Administraciones públicas podrán presentarse:
En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
El apartado a en nuestro caso se refiere a las Direcciones Provinciales de Educación. El apartado b a cualquier oficina de la Junta de Castilla y León, aunque sean de la consejería de agricultura, de medio ambiente, o de lo que sean y a las Subdelegaciones del Gobierno en cada capital de provincia (eso que antes se llamaba Gobierno Civil). El apartado c está claro, oficinas de correos, pero teniendo en cuenta llevar el sobre abierto. Sólo así podrá el funcionario sellar la copia que te vas a quedar, después de compararla con la que va dentro del sobre. Luego lo cierra antes de enviarlo. El punto d también es obvio, embajadas y consulados de España en el extranjero, por si te pilla de viaje.
Otro detalle. Las convocatorias dicen que esas oficinas tienen un plazo de 24 horas para remitir la documentación a la dirección provincial indicada, pero no nos confundamos, eso no altera la fecha límite de presentación. Los documentos se consideran entregados en la fecha que figure en el sello de entrada en esas oficinas, aunque lleguen a su destino 24 horas más tarde. Cualquier documento entregado el 4 de mayo se considera dentro del plazo.
Lo que sí es muy importante es que las solicitudes vayan dirigidas a la persona indicada porque si no se perderán.