De vez en cuando la administración nos sorprende con algún cambio y las personas que hacen las cosas de memoria y sin leer las convocatorias con calma se pillan los dedos, tanto en sus actuaciones personales como en los consejos que dan a los demás. Un ejemplo es la típica pregunta... "si el año pasado pedí 3 provincias, ¿puedo pedir 5 este año?. La respuesta inmediata es que no, pero es errónea. Las cosas han cambiado y ahora puedes pedir una provincia este año y 9 al año que viene.
Razonamiento:
Antes cuando se presentaba la solicitud para la baremación de listas se marcaban las provincias en las que se quería trabajar.
Luego, algo más tarde se presentaba la solicitud de centros, provincias y localidades para vacantes y sustituciones, pero siempre sobre la base de lo marcado en el primer documento, el de la baremación. Si en la baremación marcaste Salamanca estabas en la lista de Salamanca y podías pedir vacantes allí, pero si no habías marcado Avila, no estabas en la lista de Avila y no podías pedir vacante allí.
Al año siguiente se volvía a presentar solicitud de centros, provincias y localidades, con las mismas limitaciones. Sólo podías pedir aquellas provincias que hubieras marcado en la solicitud para la baremación de listas, aunque podías no ponerlas todas. El límite no era las provincias pedidas en la solicitud de vacantes sustituciones del año anterior sino las marcadas en la baremación de listas, las que determinaban que estuvieras en unas listas pero no en otras.
Ahora hay un pequeño cambio. En la solicitud para la baremación de listas ya no se marca ninguna provincia y uno entra automáticamente en las listas de todas las provincias. Esa relación de provincias marcadas que antes era el límite para las peticiones de ese año y del siguiente ya no existe.
En mi opinión ahora mismo se pueden poner todas las provincias que uno quiera... TODAS, sin límite.
Voy a comparar un punto de las convocatorias de 2007 y 2009:
2007: "4.5 Para el caso de que el solicitante no obtuviera destino en sus peticiones voluntarias a centro/localidad/provincia, podrá consignar en el apartado 5.A de su solicitud por orden de preferencia y de conformidad con lo dispuesto en la base 5.3, ALGUNA/S, TODAS O NINGUNA DE LAS PROVINCIAS QUE TENGA RECONOCIDAS EN LOS LISTADOS mencionados en la base 2.1 de la presente Resolución, EN LAS QUE DESEE QUE la Administración LE ADJUDIQUE DESTINO de oficio en puestos de carácter obligatorio."
Dos requisitos para pedir una provincia. Primero tenerla reconocida en los listados, es decir, haberla pedido en la solicitud de baremación. Segunda, querer trabajar allí.
Mismo punto en 2009: "4.5. Para el caso de que el solicitante no obtuviera destino en sus peticiones voluntarias a centro/localidad/provincia, podrá consignar en el apartado 5.A de su solicitud por orden de preferencia y de conformidad con lo dispuesto en la base 5.3, ALGUNA/S, TODAS O NINGUNA DE LAS PROVINCIAS de esta Comunidad Autónoma, EN LAS QUE DESEE QUE la Administración LE ADJUDIQUE DESTINO DE OFICIO en puestos de carácter obligatorio."
Hay un cambio. Ya no dice que tengas que estar en la lista de esa provincia porque en la baremación te metes en todas, sin seleccionarlas y por eso puedes pedir por cualquier provincia que desees, sin más.
Y si nos vamos al apartado de sustituciones es más de lo mismo:
En 2007 te dicen que puedes pedir sustituciones en "alguna/s o todas las provincias que tengan reconocidas en el proceso de baremación."
Una vez más los dos requisitos.
En 2009 se ve el cambio otra vez y te dice que puedes pedir sustituciones en "alguna/s o todas las provincias de esta Comunidad Autónoma."
Ya no hay límite.